DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
En virtud de lo anterior y ante el convencimiento presentado por la parte demandada, así como las normas antes descritas este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipio Girardot Y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, imparte su HOMOLOGACION dándole autoridad de cosa juzgada en lo relativo al Reconocimiento de Contenido y Firma del Documento Privado objeto del presente juicio, que riela en los folios 9, 10, 11 y 12, presentado por el abogado MAHATMA BLANCO, Inpreabogado Nº 258.851, en su carácter apoderado judicial del ciudadano REYNALDO SALAZAR TOVAR, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-.....