Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de nulidad interpuesto por el abogado Pablo Jesús González, Inpreabogado Nº 51.212 actuando como apoderado judicial de la empresa Confecciones Arpe C.A, contra el informe de fecha 07 de noviembre de 2008, cursante al expediente N° MIR-29-IA08-0758, rendido por el Inspector en Seguridad y Salud en el Trabajo, de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores (DIRESAT-Miranda), del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL).