Por los fundamentos antes expuestos este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ALICIA FACELLO DE BAQUERO contra la sociedad mercantil COTÉCNICA CARACAS C.A., ambas partes identificadas al comienzo de esta sentencia, en consecuencia condena a la demandada a pagarle a la demandante lo siguiente: a) la cantidad de CINCO MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 5.500,00), que es el valor del vehículo de su propiedad siniestrado, según experticia oficial efectuada por la autoridad administrativa competente; b) la cantidad de SEIS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 6.500,00), por concepto de lucro cesante, todo para un total de DOCE MIL BOLÍVARES (Bs. 12.000,00). Se ordena la indexación de esta suma, desde el 22 de enero de 2004 hasta la fecha en que quede definitivamente firme esta decisión. Para el cálculo de la misma se acuerda practicar un.....