En razón de todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el Ordinal 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por el abogado ERNESTO SAUL GAMBOA HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.697, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, Sociedad Mercantil INVERSIONES HYAT C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 08 de mayo de 2003, bajo el N° 70, Tomo 13-A, . En consecuencia, este Tribunal se declara competente para conocer del presente juicio. Se condena en costas a la parte Notifíquese a las partes.