el Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a la ciudadana: MIREYA BEATRIZ ARGUINZONES DE GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.935.942, en su carácter de conyugue del de cujus CARLOS FIDEL GUTIERREZ TERIFE, según se evidencia en el acta de matrimonio consignada, emanada Registro Civil del Municipio Bolívar de San Mateo Estado Aragua, en fecha 19 de Junio de 1971, y a los ciudadanos CARLOS KEYS GUTIERREZ ARGUINZONES, CARLA MARIELA GUTIERREZ ARGUINZONES, HANK ALBERTO GUTIERREZ ARGUINZONES, PEGGY LISSET GUTIERREZ ARGUINZONES Y MANUEL ALFREDO GUTIERREZ ARGUINZONES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad Números V-10.758.782, V-11.088.130, V-11.978.637, V-13.276.118, V-20.334.631, en sus caracteres.....