D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO (falta de afecto) presentada por la ciudadana WENDY DEL CARMEN AGUILERA ESPINOZA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-12.000.616, contra el ciudadano, RUBEN JOSE POTURO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad número V-13.341.090 y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día treinta (30) de agosto del año dos mil trece (2.013), por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Aragua, según consta de acta de matrimonio signada con el número 247, del año 2013, con fundam.....