Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de mutuo consentimiento formulada por los ciudadanos RAUL EDUARDO JIMENEZ JIMENEZ Y MAYSI RODRIGUEZ ARENAS, venezolanos, mayores de edad, casados entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.915.704 y V-14.626.846, respectivamente.SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraída por ante REGISTRÓ CIVIL DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA. Acta de Matrimonio signada con el Nro. 188, Folio 188, de fecha 17 de Septiembre del año 2.021.TERCERO: Procédase el EJECÚTESE de la presente sentencia, a los efectos de los artículos 475 y 506 del Código Civil, remítanse dos (02) juego.....