En virtud de todo lo anteriormente establecido, este Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: Su incompetencia para conocer del presente caso, en consecuencia, declina la competencia en Los Juzgados Superiores Contenciosos Administrativos del Area Metropolitana de Caracas, para conocer del presente asunto. Remítase con oficio el presente expediente.-
Notifíquese la presente decisión.-