SE DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 318 ORDINAL 3º CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, en la causa seguida a favor del ciudadano EURIDES FASCÓN HERNÁNDEZ, titular de la cédula de Identidad Nº 11.213.622 por la presunta comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES. Remítase el presente asunto en su oportunidad legal al Archivo Central del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, para su Guarda y Custodia. Líbrese. Líbrese Oficio al Sistema de Información Policial (SIPOL) a los fines de sea excluido de pantalla al ciudadano EURIDES FASCÓN HERNÁNDEZ. Cúmplase.
Dado, firmado, y sellado en la sala del Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en Maturín a los 09 de marzo de 2009. Años 198º de la Independencia y 150º de la Federación.
Jueza,
Abg. LISBETH RONDON
La secretaria,