Este Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos, SALSADE LEÓN PEREZ Y AMERICA COROMOTO GARCIA LANDAETA, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-775.776 y V-2.519.768 respectivamente. En consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Joaquín Crespo del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha 14 de noviembre de 1.990, según se evidencia Acta de Matrimonio anotada bajo el N° 655, Tomo 4, Año 1.990, de los libros de matrimonios llevados por la Jefatura Civil de la Parroquia Joaquín Crespo del Municipio Girardot del Estado Aragua.