DECISIÓN:
En consecuencia, por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción judicial del Estado Aragua, en Sede Constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara INADMISIBLE la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la ciudadana ALICIA HIDALGO contra la ciudadana DAISIP MARGARITA SANCHEZ TORREALBA.-
Por la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas.-
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.-
Dada, firmada y sellada, en al Sala del Despacho de este Juzgado del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, en Turmero, a los nueve (09) días del mes de Marzo del Año Dos Mil Once (2.011). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
La Juez Provisorio,
Abg. Gladys Guadalupe Girón,
La Secretaria.,
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