Conforme a los razonamientos precedentes, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la ciudadana REINA MERCEDES BARRIOS RANGEL, ya identificada, contra el acto administrativo contenido en la certificación de incapacidad de fecha 06 de marzo de 2018, emanada de la DIRECCIÓN NACIONAL DE REHABILITACIÓN Y SALUD EN EL TRABAJO, dependiente del INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES, que determinó que la hoy accionante tiene una pérdida de capacidad para el trabajo que alcanza un 67%.