DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA, al acusado : DESIREE CAROLINA ESPAÑA DIAZ titular de la cédula de identidad Nº V-19.245.120, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISION, por la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal Venezolano y AGAVILLAMIENTO , previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal Venezolano. Para el momento de suscitarse los hechos, las cuales le fue imputado por la Fiscalía 33° del Ministerio Público del Estado Aragua, pena ésta que habrá de cumplirse en la forma y condiciones que determine el Tribunal de Ejecución correspondiente SEGUNDO: En c.....