Ahora bien por las razones de hecho y de derecho, antes expuestos y como
Quiera que de autos se desprende que en el presente juicio, que transcurrió
Holgadamente el lapso establecido en los artículos antes señalados, este
Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen
Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con
sede en la ciudad de La Victoria, administrando Justicia en nombre de la
República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA
CONSUMADA LA PERENCION y extinguido el proceso de Calificación de Despido intentada por la ciudadana OSCAR GARCIA ORREALBA, titular de la cédula de identidad Nº 11.978.650Contra La SOCIEDAD DE COMERCIO SOCIEDAD DE COMERCIO MINI BUNO SUCESORES C.A
Regístrese y Publíquese, y una vez transcurrido un lapso de cinco días (5) de
Despacho, se ordenara el cierre y archivo del presente expediente