D E C I S I O N
Por todo lo antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de dictar sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procésales que rielan en el presente expediente, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil Venezolano, por los ciudadanos: JOSE DEL ROSARIO DELGADO GODOY y INES LAGUNA, ambos venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-4.321.912 y V-4.304.925 respectivamente, y en
consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía, por ante la Prefectura del entonces Municipio Juan Ignacio Montilla, del Estado Trujillo, según consta del Acta asentada en los libros de Matrimonios, signada con el numero 87, folios 125 al 126, del año 1978.
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