Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, la Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 30 de marzo de 2011, por el abogado ELIO GODOY, Defensor Privado del ciudadano JOEL ANTONIO ROJAS ZORRILLA, y en consecuencia se CONFIRMA, en los términos expuestos, la decisión dictada por el Juzgado Séptimo de Control de este Circuito Judicial Penal, el 24 de marzo de 2011, mediante la cual decretó medida privativa de libertad contra el citado ciudadano, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 numerales 1, 2 y 3, en concordancia con los artículos 251 numerales 2 y 3, y artículo 252 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal, pero por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CULPOSO y USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO, delitos previsto y san.....