Vista la solicitud formulada por la ciudadana PALENCIA DE GUERRA RAMONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NªV-4.369.362, debidamente asistidos en este acto por los ciudadanos YULIMAR NARANJO MARTINEZ y JOSE ALEJANDRO ROJAS CONCEPCION, venezolanos, mayores de edad, inscritos en los Inpreabogado bajo los Nº240.854 y 254.847, en la que solicita le sea decretado título suficiente de propiedad sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno, signada con CERTIFICADO DE EMPRADONAMIENTO 05-11-01-U07-059-020-004-000-000-000, dicha bienhechuría está ubicada en la Parroquia Santiago Mariño, Fundo La Represa, Sector Ríos de Aguas Vivas, Calle Rio Mar, Parcela Nº50, Municipio Santiago Mariño, la cual tiene una superficie de terreno de CIENTO CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (144,00Mts2) y metros de construcción de NOVENTA Y TRES CON CINCO METROS CUADRADOS (93,05Mts2), cuyas medidas y linderos son los siguientes: NORTE: Parcela Nº48, SUR: Parcela Nº52; ESTE: .....