Por las razones expresadas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, a fin de garantizar una efectiva administración de justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS DEL ACTO RECURRIDO, contenido en la Resolución GF-000-000784-2007, de fecha16-05-2007, notificada en fecha 30-05-2007, con la cual se concluyó el sumario administrativo con ocasión del levantamiento del Acta de Fiscalización No 1 de fecha 07-03-2007 en materia de aportes al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda realizada por los Abogados Juan Carlos Pro Ríquez, Mónica Fernández Estévez y Natalie Bravo P, en su carácter de Apoderados Judiciales de la Sociedad Mercantil SONY DE VENEZUELA, S.A.