Primero: Procede a impartirle homologación al convenio celebrado en la presente causa contentiva de demanda por Cumplimiento de Contrato, entre las sociedades mercantiles Venezolana de Televisión C.A y Canteras & Marmoles 96, C.A., por intermedio de sus apoderados judiciales ut supra identificados, por cuanto dicho convenio no es contrario al orden público ni se encuentra expresamente prohibido por la Ley, aunado al hecho que los apoderados judiciales se encuentran debidamente facultados para ello, en virtud de lo cual se le otorga carácter de cosa juzgada al referido convenio, todo ello conforme a as razones expuestas en la motiva del presente fallo.
Segundo: Como consecuencia del convenio celebrado y conforme a lo solicitado por la parte demandada, se levanta la medida cautelar de embargo decretada por este Tribunal en fecha veintiséis (26) de febrero de dos mil ocho (2008), sobre bienes propiedad de la parte demandada sociedad mercantil Canteras & Marmoles 96, C.A., y que consta en.....