D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil presentada por los ciudadanos LEXIS MAYELIS PUERTA HIDALGO y HAMILTON JUNIOR BRACAMONTE VELASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-17.348.585 y V-13.924.560, respectivamente y ambos de este domicilio. En consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron ante el Registro Civil del Municipio Libertador de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 19 de Septiembre de 2003, quedando registrado bajo el Nº 185, Tomo "01", Folio 185, año 2.003 de los Libros de Matrimonios llevados por el Registro Civil en el referido año.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, s.....