En mérito de las anteriores consideraciones este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PERECIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 24 de marzo de 2014, por la abogada MICELIS RIOS NORIEGA, inscrita en el inpreabogado bajo el número 87.407, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana HEIDY MERCEDES MOGOLLON FECAROTA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-12.956.970, contra la sentencia dictada en fecha 24 de marzo de 2014, por el Juez del Tribunal Octavo (8°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Naciona.....