IV
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho expuestas es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, constituido en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la pretensión de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana KISMEBY EGLE BARRERA PORRAS, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad número V-6.448.325 debidamente asistida por el abogado en ejercicio WILFREDO A. SALAZAR R. Inpreabogado número 61.173, contra la ciudadana MORELA DEL VALLE CARDINALIS CORUMA venezolana, mayor de edad, cédula de identidad Número V-8.858.789 y de este domicilio por violación constitucional al hogar. En consecuencia ORDENA de forma INMEDIATA la restitución de la situación jurídica infringida por la ciudadana MORELA DEL VALLE CARDINALIS CORUMA supra identificada, en consecuencia deberá desocupar de forma inmediata el inmu.....