PRIMERO: Conforme a lo establecido taxativamente en el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, cuya comisión se le atribuye a los ciudadanos imputados en el precepto jurídico aplicable como lo es LESIONES MENOS GRAVES EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto en el artículo 415 en relación con el artículo 426 del Código Penal.. El tribunal, en lo que respeta a la acusación fiscal, considera que la misma cumple con los requisitos que establece el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Seguidamente el Tribunal procede a emitir pronunciamiento respecto a los medios de prueba ofrecidos en la acusación fiscal de manera expresa, y SE ADMITEN las pruebas. TERCERO: Seguidamente el Tribunal pasa a emitir pronunciamiento respecto a la acusación particular propia incoada por el ciudadano DAVID RONDON. cumple con los requisitos establecidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, fundamentando la acusación particular propia, en un precepto juríd.....