, esta Sala 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la inhibición presentada el 01 de agosto de 2011, por la ciudadana NORMA CEIBA TORRES, en su carácter de Juez Vigésima Sexta (26°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la causa signada con el Nº 14.696-11, nomenclatura de ese Despacho, seguida a los ciudadanos ANDERSON AGUSTÍN LEAL GUZMÁN y JIM ROBERT MEJÍAS RIVERO, con fundamento en el artículo 86 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo en consecuencia la juez inhibida seguir conociendo de la causa sometida a su conocimiento, todo ello a tenor de lo dispuesto en los artículos 94 y 101 ejusdem.
Regístrese, publíquese, diarícese la presente decisión. Remítase el presente cuaderno de incidencia al tribunal de origen así como copia certificada al Juez.....