D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada personalmente por los ciudadanos FRANCISCO CASTILLO y ANA GREGORIA AZUAJE; venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números V- 8.581.526 y V- 8.582.435 respectivamente, debidamente asistidos por la ciudadana: BELKIS MILEIDYS TORREALBA QUIROZ. Abogada e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 132.082,. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo Conyugal, que contrajeron, en fecha trece (13) de abril del año mil novecientos ochenta y dos (1982)