este Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de dar cumplimiento a la presente comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: LA ENTREGA MATERIAL del inmuebleobjeto de la presente medida; y pone en posesión del mismo al ciudadano INNOCENZO GRECO, C.I. V-7.245.148, parte actora en el presente juicio, quien se designa en este acto como Depositario del Inmueble, y SEGUNDO: Vista la solicitud del apoderado judicial de la parte actora mediante el cual se reserva el derecho de embargar los bienes del demandado, así como remitir las resultas de la presente Comisión al Tribunal Comitente, este Juzgado una vez cumplida su misión ordena remitir la presente Comisión al Tribunal de la causa.