.....En vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, se procederá a homologar el mismo una vez que se deje constancia en el presente expediente que se ha cumplido con la el acuerdo aquí llegado.