D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, presentada por los Ciudadanos: HENRY JOSE MONTILLA MONTILLA y DIGNA MARITZA RODRIGUEZ PONCE, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cedula de identidad Nros. V-12.648.673 y V-12.897.513 respectivamente. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que los une, contraído en fecha: Ocho (08) de Enero del año Dos Mil Ocho (2008), por ante el Registro Civil de Valle La Pascua, Municipio Leonardo Infante del Estado Guarico, como se evidencia del acta que se encuentra inserta bajo el Nº 03 del año 2008, en los libros respectivos, en los términos expuestos en la presente solicitud, en conformidad .....