Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte accionante, contra el fallo del 08 de julio de 2019, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, que declaró sin lugar la demanda de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano RAÚL ALFREDO RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ, ya identificado, contra la sociedad mercantil ALIMENTOS POLAR COMERCIAL, C.A. ya identificada. En consecuencia, se CONFIRMA el fallo apelado.