Este Despacho y deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte demandada Entidad de Trabajo Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA EL SALCHICON, C.A., ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que con fundamento en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano FERNANDO ALBERTO HERNANDEZ ARELLANO, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.234.726, en contra de Entidad de Trabajo Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA EL SALCHICON, C.A.