D E C I S I Ó N
En mérito de lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO, presentado por el ciudadano CRISTHIAN JENNDIER DE ARAUJO BETANCOURT, venezolano, estado civil soltero, mayor de edad y titular de la cedula de identidad número V-23.692.914, de este domicilio, debidamente asistido en este acto por la abogada en ejercicio Aracelys Rengifo, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 94.467. En consecuencia, queda RECTIFICADA el primer apellido de su abuela paterna de la siguiente forma: PRIMERO: DONDE SE LEE: "...y de FILOMENA GONZALEZ DE DE ARAUJO..." DEBE LEERSE Y ESCRIBIRSE SIENDO LO CORRECTO: ".... y de FILOMENA GONCALVES DE DE ARAUJO...". Se ordena corregir con l.....