Al hilo de lo antes expuestos, este Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara " CON LUGAR " la demanda que por DESALOJO intentada por el Abogado FRANCESCO CAMPANELLA CASSATA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 14.913, representado por el Abogado REINALDO LUIS DAVAUS MILLAN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 73.705, en contra del Ciudadano IVAN ALEJANDRO CHORNICK LIZANA, titular de la cédula de identidad Nº E-81.189.697, sobre el inmueble N° 48-A, ubicado en la Calle 104 del Barrio La Coromoto, Maracay, Estado Aragua, dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con terrenos del Municipio Girardot, en veinte metro con cincuenta centímetros ( 20,50 m ); SUR: Con su frente, con la Calle 104 del Barrio Coromoto, en nueve metros .....