DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero de Ejecución Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA CESACIÓN DE LA MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de TRES (03) MESES que fue impuesta al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, por haber cumplido con la sanción impuesta, y su objetivo en el tiempo establecido, de conformidad con el artículo 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. De igual forma cesa la ejecución de la medida por haberse logrado el pleno desarrollo de las capacidades del IDENTIDAD OMITIDA, y la adecuada convivencia con su familia con su entorno social, de conformidad a lo preceptuado en el artículo 620 ejusdem. En Consecuencia se Decreta su Libertad Plena. Se deja constancia que el día de hoy previa comparecencia voluntaria del sancionado IDENTIDAD OMITIDA, al Tribunal, quien fue notifica.....