declara CON LUGAR la acción de ESTABILIDAD LABORAL intentada por el TRABAJADOR ciudadano DILSON AGUILAR IRIARTE, titulares de la cédula de identidad Nros. V-11.979.753; INJUSTIFICADO EL DESPIDO del cual fue objeto, condenándose en consecuencia a la entidad de trabajo demandada denominada Sociedad Mercantil INVERSIONES ADRI, C.A. a: PRIMERO: REINCORPORAR al trabajador ciudadano DILSON AGUILAR IRIARTE, titular de la cédula de identidad Nros. V-11.979.753, a su puesto de trabajo en las mismas condiciones anteriores al despido ilegal e inconstitucional. SEGUNDO: Se ordena a la entidad de trabajo el pago de los SALARIOS DEJADOS DE PERCIBIR, con base al salario diario devengado por el trabajador, esto es, la cantidad de SESENTA Y DOS BOLÍVARES CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs.62,34), desde la fecha del despido ilegal e inconstitucional, esto es, desde fecha dieciséis (16) de mayo de dos mil doce (2012), hasta la definitiva reincorporación del trabajador ciudadano DILSON AGUILAR IRIARTE, a.....