Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, SEDE LA VICTORIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara PRIMERO: Con Lugar la Falta de Cualidad alegada por la codemandada ALIMENTOS KELLOGG, S.A, plenamente identificada en autos. SEGUNDO: Sin Lugar la solidaridad alegada por la parte actora. TERCERO: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y otros conceptos incoara el ciudadano JUAN BAUTISTA VERGEL, contra INVERSIONES M.E. HIJOS, S.R.L, ambos plenamente identificados en autos. En consecuencia, se condena al accionado, ya identificado, a cancelar a la demandante, la suma de Sesenta y seis mil cuarenta y dos bolívares con siete céntimos (Bs. 67.042,7) de la manera establecida en la parte motiva del presente del fallo. PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA. DADA, FIRMADA, S.....