Se DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto PRIMERO: Se declara CON LUGAR la presente demanda por motivo de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCIÓN A COMPRA VENTA. SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la Reconvención planteada por la parte demandada ciudadana EDITH VICTORIA FUENTES RODRIGUEZ, en contra de la demandante ciudadana AURORA CONCEPCION LESTON. TERCERO: Se ANULA la decisión de fecha 28 de Marzo de 2.012, dictada por el Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en estricto acatamiento del artículo 209 del Código de Procedimiento Civil.- CUARTO: Se resuelve el contrato de opción de compra venta inserto del folio ocho (08) al diez (10) del presente expediente. QUINTO: La demandante deberá reintegrar la cantidad VEINTIDOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 22.500,00) a la parte demandada, conservando la cantidad de SIETE MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 7.500,00), equivalente al 25% del monto to.....