ESTA SALA 6 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 14 de agosto de 2013, por la ciudadana SARAÍ ESCALONA MÉNDEZ, Defensora Pública Quincuagésima Séptima (57ª) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su condición de defensora del ciudadano YINSON RIGOBERTO RAMÍREZ MONTES, titular de la cédula de identidad número V-16.472.101, con fundamento en el artículo 439 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión del 08 de agosto de 2013, emitida por el Juzgado Cuadragésimo Noveno (49º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual con ocasión a la celebración de la audiencia para la presentación del aprehendido, decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad contra el ciudada.....