Por cuanto tenemos que las nulidades de actas de nacimiento son asuntos de jurisdicción voluntaria, por ende los Juzgados de Primera Instancia no tienen competencia en esa materia, este tribunal pasa a hacer las siguientes decisiones:
PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para sustanciar, conocer y resolver la solicitud de Nulidad de acta de Nacimiento intentada por el ciudadano VINICIO RUSSONIELLO, titular de la cédula de identidad N° V-8.819.097, debidamente asistido por el abogado GILBERTO ANTONIO ANDREA GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado N° 37.063 y se ordena remitir las presentes actuaciones al Juzgado Distribuidor Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Girardot y Mario Briceño Iragorry de esta Circunscripción Judicial. Désele salida en el Libro correspondiente y remítase con Oficio a la dependencia antes mencionada.. Se le concede a las partes involucradas en la presente causa el lapso de cinco (05) días contados a partir de la presente fecha, para que eje.....