III
DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial señaladas ut supra, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda interpuesta por la ciudadana ZUYARET DEL MAR VELÁZUQEZ GUZMÁN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.665.990, de este domicilio; debidamente asistida por la abogada TERESA GISELA LAUCHO PÉREZ, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 290.219; contra la ciudadana MARXIS DAYANA REIMI ALONZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.894.638, y el ciudadano ASDRÚBAL ALBERTO FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.986.885, en su carácter de fiador; en razón de la inepta acumulación de pretensiones. Todo de c.....