Atendiendo a los razonamientos expresados, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: QUE ACEPTA LA COMPETENCIA para conocer del recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil ALIMENTOS GARMI, C.A., contra el acto denegatorio tácito derivado del silencio administrativo del Presidente del Instituto Nacional De Prevención, Salud y Seguridad Laborales (Inpsasel), por no haber dado respuesta al recurso jerárquico incoado por la empresa recurrente en fecha 19 de octubre de 2010 contra la Providencia Administrativa N° PA-US-ARA-0024-2010, de fecha 06 de septiembre de 2010, en la cual la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores de Aragua (Diresat-Aragua), le impuso a su mandante una multa de noventa y cinco mil ciento noventa y dos bolívares con cincuenta céntimos (Bs.95.192.50), p.....