ÚNICO DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana Abg. GLADYMAR PRADERES, Defensora Pública Cuadragésima Octava (48º) del Área Metropolitana de Caracas, en condición de Defensora del ciudadano Imputado STANY ALEXANDER VALERA CHACON, contra la decisión dictada por el Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 25 de Septiembre de 2009, cuya decisión motivada fue publicada el mismo día, mes y año en curso (25 de septiembre de 2009), mediante la cual decretó Medida Judicial Privativa Preventiva de Libertad al ciudadano STANY ALEXANDER VALERA CHACON, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252, todos del Código Orgánico Procesal Penal; y, en consecuencia, CONFIRMA la Decisión Recurrida.