Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda incoada por la Sociedad Mercantil GRUPO SUPRASYS, S.R.L, contra la Sociedad Mercantil POLICLINICA METROPOLITANA, C.A., ambos plenamente identificados en el encabezado del presente fallo.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada Sociedad Mercantil POLICLINICA METROPOLITANA, C.A., antes identificada, a pagar la cantidad de CIENTO CUARENTA MIL CIENTO SEIS BOLIVARES FUERTES CON SETENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. F. 140.106,75), por concepto de capital, que es la suma de las facturas aceptadas y no canceladas, descritas en el libelo de la demanda.
TERCERO: Se ordena la aplicación de la indexación monetaria al capital adeudado, es decir .....