El Tribunal dando cumplimiento a la comisión conferida y visto lo expuesto por la parte actora DECLARA EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el monto de NOVENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (90.354,00 Bs.), de la Cuenta corriente Nº 0116-0184-77-0004407350, perteneciente a la Sociedad Mercantil LIBRERÍA CRISTIANA AGUA VIVA C.A, parte demandada en el presente caso de marras. Este Juzgado visto lo señalado por la parte actora ciudadano EDUARDO JOSÉ CARDENAS ASTUDILLO debidamente asistido de su abogada DORIS ALEIDA CASAS, acuerda mantener la presente comisión y cumplida su misión ordena su regreso a su sede de origen. Es todo. Se deja constancia, que el EMBARGO EJECUTIVO de acuerdo al mandamiento de ejecución es por la suma de OCHENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 83.750,oo), suma que comprende la cantidad acordada en sentencia definitiva, más la cantidad de DIECISEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 16.750,oo), correspondientes a las costa.....