Se pública el texto integro de la Sentencia Condenatoria por Admisión de Hechos que recae sobre el ciudadano ADANZON CHAYAN MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.721.403, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el Artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 80 del Código Penal Venezolano, AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la aludida Ley Especializada, y ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana (SE OMITE IDENTIDAD). En consecuencia se condena al ciudadano ADANZON CHAYAN MARTÍNEZ, a cumplir la pena deNUEVE (9) AÑOS DOS (2) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISIÓN y las accesorias de Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, previstas en el artículo 66 numerales 2 relativas a la inhabilitación política.-