En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer el presente asunto. Así se declara.-
SEGUNDO: Se declara ADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por el ciudadano AQUILES EDUARDO CASTILLO COLMENARES, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº 13.814.915, asistido por el abogado en ejercicio JUAN JOSE PINO PAREDES, venezolano, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 25407; en contra de la decisión administrativa, emanado del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (I.N.Ti), mediante sesión ordinaria Nº 1038-18 de fecha 23/11/2018, en la que se declara presuntamente la revocatoria de la adjudicación a favor del accionante. Así se decide.-