En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE a los ciudadanos ANTHONY LOPEZ PEREZ VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 25.573.291, y ANDRES AVELINO OJEDA CASTELLANOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.073.538, de la comisión del delito de: CONTRABANDO DE EXTRACCION, previsto y sancionado en el artículo 57 de la Ley Orgánica de Precios Justos y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 Código Penal. SEGUNDO: Este Tribunal ordena de manera inmediata el cese de todas las medidas que pesan sobre los ciudadanos ANTHONY LOPEZ PEREZ VARGAS y ANDRES AVELINO OJEDA CASTELLANOS. Y ASI SE DECIDE. Publíque.....