DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, sede Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Notifíquese a la entidad de trabajo Productos de Vidrios S.A. (PRODUVISA), en la persona de la abogado SRLR, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° xx, en su carácter de apoderada judicial y, siendo que el domicilio procesal aportado se encuentra ubicado en la ciudad de Caracas, se exhorta para la práctica de la notificación a los Tribunales Superiores del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.