DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho explanados en la misma, este Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre la en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la demanda de reivindicación de inmueble intentada por la ciudadana OLGA CONCEPCION MARQUEZ CHACON, en contra de al ciudadana JUDITH MARQUEZ CHACON, plenamente identificadas.
Por cuanto la presente decisión fue dictada fuera del lapso de Ley, se ordena la notificación de las partes de conformidad con el Artículo 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y NOTIFIQUESE
Dada, firmada y refrendada en el Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los Diez (10), días del mes de Enero de dos mil Once (2011). Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
La Juez Provisoria,
Abg. Gladys Guadalupe.....