Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Accidental Contencioso Administrativo del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: El cese de los motivos que dieron lugar a la inhibición planteada en fecha 10 de mayo de 2022, por la ciudadana Jueza Superior Provisorio, Dra. Vilma Carolina Sala Cofelice, del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en relación con el Asunto N° DP02-G-2022-000007, contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, incoado por los ciudadanos PEREZ BERNAEZ OSCAR ENRIQUE, OLIVO PADRON DEIVY LUIS, Y BEJAS VERA LUIS ALFREDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-20.056.481, V- 20.057.859, y V-24.176.764 respectivamente, respectivamente, debidamente asistidos de abogado, contra el INSTITUTO DE LA POLICÍA DEL.....