Por todo lo antes expuesto este Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE la Demanda que por Procedimiento de Intimación (Cobro de Bolívares) intentara la ciudadana: YAMILETH DEL VALLE GRANADOS VELIZ, Venezolana, Mayor de Edad, Titular de la Cedula de Identidad N°: 14.940.757, y de este domicilio, Asistida por los Abogados en ejercicio: ALEXIS MORENO Y LINO LISBOA, Inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado Bajo los N°: 13.9504 y 60411, y de este domicilio, en contra del Ciudadano: ROMAN CHAPARRO, venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N°: 13.690.318, Y Así se Decide.
No hay condenatoria en costas por la característica del fallo.
Regístrese, Publíquese y Déjese Copia.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despachos del Juzgado Pr.....